LOS OBLIGADOS AL PAGO DEL IMPUESTO
AL PATRIMONIO VEHICULAR SON LOS PROPIETARIOS DE VEHÍCULOS AL 1 DE ENERO
Aquellos obligados al
pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular son los propietarios de vehículos al
1 de enero de cada ejercicio.
Al respecto, debe
tenerse en cuenta que ya se publicó la tabla de valores referenciales de
vehículos para calcular el citado impuesto. Estos valores incluyen a los
automóviles de los años 2011 al 2013 de camionetas y station vagons, camiones,
buses y omnibuses con una antigüedad no mayor a 3 años.
Asimismo, debe tenerse
en cuenta que el pago podrá realizarse hasta el 28 de febrero o en cuatro
cuotas que vencen el 28 de febrero, el 30 de mayo, el 29 de agosto y el 28 de
noviembre de 2014.
Fuente: Diario Gestión
0 comentarios:
Publicar un comentario