jueves, 19 de septiembre de 2013

SUNAT PUBLICA FORMA DE APLICAR EL CRÉDITO TRIBUTARIO CUANDO SE REALICEN GASTOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

Las micro,pequeñas y medianas empresas podrán tener derecho a un crédito tributariocontra el Impuesto a la Renta por los gastos de inversiones en investigacióncientífica, tecnológica o de innovación

El día de hoy  se ha publicado en el diario oficial ElPeruano el Decreto Supremo N° 234-2013-EF que reglamenta los beneficiostributarios aplicables a empresas que realicen gastos o inversiones eninvestigación científica, tecnológica o de innovación.

Entre los beneficios que sereglamentan tenemos que las micro, pequeñas y medianas empresas generadoras derenta de tercera categoría que se encuentren en el régimen general y efectúengastos de capacitación tienen derecho a un crédito tributario contra elImpuesto a la Renta equivalente al monto de dichos gastos, siempre que noexceda del 1% de su planilla anual de trabajadores del ejercicio en el quedevenguen dichos gastos.

A partir del 1 de noviembre solo habrá 4 porcentajes de detracciones

Desde el 1 de noviembre de 2013, los porcentajes de detracciones ya no serán ocho, sino solo cuatro, lo que permitirá simplificar el sistema. Los porcentajes serán de 4%, 9%, 12% y 15%, y se aplicarán respecto de operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se produzca a partir del 1 de noviembre de 2013.
Fuente: Diario Gestión

Congresista Lescano dijo que este mes también se descontará a trabajadores independientes.

El congresista Yonhy Lescano dijo que este mes también descontarán dinero a los trabajadores independientes debido a que el Congreso solo aprobó derogar los aportes obligatorios y no los anuló. Parlamento realizará votación mañana.
Lescano sostuvo que la norma debió anularse y los aportes que se realizaron el mes pasado ser devueltos. “El ministro tiene interés en fortalecer las AFP”, mencionó en relación a la posición del titular de Economía, Luis Miguel Castilla.
El parlamentario dijo que mañana buscará que se reformule la votación y se anule la norma porque sino los descuentos solo se retrasarán hasta julio de 2014. Lescano sostuvo dijo que el ministro no puede estar por encima de la Ley ni contradecir una norma que dicte el Legislativo.
Fuente: clubcontadores.com
Las percepciones del IGV, necesarios ajustes
Guillermo D. Grellaud Presidente de la Comisión de Impuestos - CCL

El sistema de percepciones consiste en la obligación que se ha impuesto a las empresas vendedoras de cobrar, además del precio del bien vendido y del IGV que grava dicha venta, un porcentaje adicional que corresponde a una parte del IGV que se generará cuando el comprador a su vez se convierta en vendedor.
 Es decir, se trata de cobrar por anticipado una parte del IGV que afectará a operaciones futuras. Por tanto, la obligación de la empresa vendedora solo es exigible cuando venda bienes 

que serán vueltos a vender; es decir, no aplica cuando la venta es para un usuario final. El sistema ha sido diseñado con la finalidad de combatir la evasión en las futuras ventas de contribuyentes informales y hasta donde entendemos, es un mecanismo temporal aunque originalmente pensado para operaciones de importación. Sin embargo, ahora ya tenemos un Régimen de Percepciones para Operaciones Internas que plantea serias dificultades en la práctica. Mencionaremos dos de ellas. Primero, para que opere el sistema se ha designado a un número importante de empresas como agentes de percepción, esto es, no todo vendedor debe cobrar el porcentaje adicional de percepción, sino solo las empresas designadas. A resultas de ello, las empresas designadas venderán “más caro” que las no designadas, por lo que los compradores preferirán negociar con estas últimas.

Segundo, las normas dictadas presumen que toda venta de bienes por una suma mayor de S/. 700 es efectuada a personas que no son usuarios finales y, por tanto, existe la obligación de cobrarles la percepción. Por este motivo, los compradores cuidarán de pasar varias veces por el cajero para evitar que sus tickets de compra superen esa suma.

 Parecería que situaciones como estas deberían ser corregidas cuanto antes para evitar distorsiones o inconveniencias.


El Peruano no se solidariza necesariamente con las opiniones vertidas en esta sección. Los artículos firmados son responsabilidad de sus autores.

Fuente: Diario El Peruano 
AL REDUCIR DISPERSIÓN DE TASAS
Facilitan aplicación de detracciones
ara facilitar la aplicación del sistema de detracciones, la Sunat aprobó reducir de 8 a 4 las tasas aplicables a los bienes y servicios sujetos a este sistema. Así, los nuevos niveles serán de 4%, 9%, 12% y 15%, de conformidad con la RS N° 265-2013.


Estos cambios entrarán en vigencia a partir del 1 de noviembre próximo y respecto de las operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se produzca a partir de esa fecha.

El objeto de esta menor dispersión de las tasas es hacer menos compleja la aplicación de la detracción sin afectar el potencial que presenta dicho sistema para generar los recursos que permita a los contribuyentes involucrados el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Importa precisar que el sistema de detracciones constituye una parte importante del conjunto de medidas aplicadas por la Sunat orientadas a reducir los altos niveles de informalidad tributaria. Tanto la evolución positiva de la economía como estas medidas han permitido reducir el nivel de incumplimiento en el IGV.

Este año el sistema ha involucrado a más de 380,000 contribuyentes como sujetos detraídos, lo cual representa un aumento cercano a 80,000 contribuyentes respecto a igual período de 2012.


Fuente: Diario El Peruano 

martes, 27 de agosto de 2013

¿Qué debo tener en cuenta antes de aceptar un trabajo, además del sueldo?

Un buen sueldo y programa de beneficios puede ser muy atractivo a la hora de aceptar un trabajo, pero sin duda que eso no puede ser lo más importante al momento de tomar la decisión. También debes considerar tus intereses, objetivos profesionales y cual es el desarrollo de carrera que estás buscando.
Si una oferta no cumple con tus expectativas o piensas que no te conviene, es recomendable rechazarla, más que tomar algo para al poco tiempo cambiarte. Aceptar un trabajo es un compromiso, por ende, no puedes renunciar a los pocos meses y dejar botada a la empresa, quien no sólo te paga un sueldo, sino que también a invertido tiempo y recursos en capacitarte.
Si lo que buscas es especializarte y ganar experiencia en lo que estudiaste, una de las variables que debes tomar en cuenta es encontrar un empleo que te entregue oportunidades de desarrollo, más allá del dinero, que incluso en una primera etapa puedes sacrificar en pro de construir un currículumatractivo para futuro.
Es muy frecuente que las personas se frustren cuando son rechazadas en un proceso de selección, sin embargo, esto no quiere decir que sus conocimientos son precarios o que es un profesional mediocre, sino más bien que la empresa y el cargo al que estaba postulando no era el adecuado para él.
Ernesto Velarde, country manager de Trabajando.com Perú destaca que “en selección no existen buenos o malos candidatos, sino que hay que buscar el mejor para ese proceso en particular, de acuerdo a los conocimientos requeridos, pero también a la cultura de la empresa. Teniendo esto en cuenta, que no todos estamos hechos para trabajar en el mismo tipo de organización, más allá de la formación profesional que tengamos. Por eso se habla del candidato más adecuado o que más se ajuste al perfil, y no de buenos o malos”.

Si aún no encuentras el cargo que sueñas, no te angusties, esta situación te puede enceguecer y guiar a aceptar la primera oportunidad que encuentras. Siempre debes mantener el control, porque la combinación de ansiedad y desesperación te puede llevar a tomar malas decisiones.
Si bien, las cosas que debes tener en cuenta van a depender de tus objetivos profesionales, existen algunas sugerencias que debes considerar antes de aceptar un empleo:
1) El dinero no es lo más importante:
Obtén información sobre la empresa a la que estás postulando, si existen planes de carrera u oportunidades de capacitación, es necesario considerar el crecimiento que puedes alcanzar en el cargo al que postulas. Si éste es tu propósito, el salario aquí no es trascendental, a veces debes sacrificar un poco tus gastos actuales para un futuro provechoso.
2) Estabilidad laboral:
Evalúa si al cargo que postulas tiene proyección y que no vaya a durar tan sólo un par de meses.

3) Tu profesión en el mercado laboral:
Investiga tu profesión en el mercado, el valor que están pagando y las oportunidades en diversos rubros, así podrás evaluar si vale la pena aceptar o no el trabajo que te ofrecen.

4) Funciones, sueldo y beneficios:
En el proceso de selección debes tener claro cuáles serán tus funciones, horarios, sueldo y beneficios que entrega la empresa. Debes negociar antes de firmar el contrato.

“Demostrar interés por las condiciones laborales, es también reflejo de la seriedad con la que te tomas este desafío, y no debes tener miedo de preguntar, muy por el contrario esto muy valorado en las entrevistas. Resulta muy útil realizar previamente un cuestionario que resuelva todas tus dudas en el proceso de selección, esto denotará preocupación por el cargo al que postulas”, agrega Velarde.

CON REGLAMENTO DE LA SUNAFIL
Rige el nuevo esquema de multas en materia laboral
Sanción máxima para malos empleadores podrá llegar hasta 300 UIT.
“La ley que crea la Sunafil estableció un incremento importante en el monto de las multas que la autoridad
de trabajo podrá imponer por la verificación o detección de infracciones laborales, disposición que entra en
vigencia con ocasión de la aprobación de este reglamento”, detalló el laboralista Carlos Cornejo.

Infracciones

De acuerdo con esta disposición, las infracciones muy graves a la normativa sociolaboral y de seguridad y
salud en el trabajo serán sancionadas con una multa máxima de 200 UIT equivalentes a 740,000 nuevos 
soles. Mientras que, en el caso de las infracciones graves la sanción máxima será de 100 UIT equivalentes
a 370,000 nuevos soles, y 50 UIT  equivalentes a 185,000 nuevos soles como máximo para el caso de infracciones leves.

noticia principalTodo ello con la salvedad que la multa máxima por el total de infracciones detectadas no podrá superar las
300 UIT vigentes en el año en que se constato la falta, que a la fecha equivalen a 1’110,000 nuevos soles.

Frente a este panorama, el laboralista del Estudio Rubio, Leguía y Normand recomienda a los empleadores 
atender lo establecido por las normas laborales vigentes.

“Si bien es cierto tal incremento en el monto de las multas es una medida que intenta generar el temor en el
empresariado de no cumplir con la norma laboral vigente, el mensaje de fondo es que todos deberíamos colaborar 
en la creación de una cultura de cumplimiento de normas legales y en particular de las laborales”, detalló.

En ese sentido considera que el incremento de las multas es importante, pero en tanto esta medida no vaya
acompañada de un aumento del número de inspectores de trabajo ni de una capacitación a estos funcionarios,
esta decisión será insuficiente para lograr la cultura del cumplimiento de normas laborales.

Por mandato del reglamento, asimismo, la Sunafil se convierte en el organismo técnico especializado adscrito
al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover y fiscalizar el cumplimiento del 
ordenamiento de las obligaciones laborales.
Igualmente, será responsable de brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer normas laborales.

Sistema de pensiones

Tras la aprobación del reglamento, la Sunafil podrá fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones relativas al
sistema privado de pensiones, rigiendo dicha actuación por la ley de su creación. Además, pasará a conformación 
del Tribunal de Fiscalización Laboral, que integrado por tres vocales constituirá la última instancia administrativa
en los casos que sean sometidos a su conocimiento, y sus resoluciones serán precedentes de observancia
obligatoria, pues interpretará de modo expreso y con carácter general el sentido de la legislación laboral.